¿PARA APLICAR FITOSANITARIOS NECESITO DISPONER DE CARNÉ DE PILOTO APLICADOR DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS?
Sí, los pilotos remotos de RPAs que deseen realizar operaciones aéreas especializadas de tratamientos fitosanitarios deberán disponer de un carné de piloto aplicador, de acuerdo a lo establecido en el artículo 18 del real decreto 1311/2012. Además, el piloto remoto o el operador para el que trabaje, deben estar inscritos en el Registro Oficial de Productores y Operadores de Medios de Defensa Fitosanitaria (ROPO), en el sector de tratamientos fitosanitarios.